Tribunal alemán: las indemnizaciones a los solicitantes de asilo no pueden ser eliminadas
Una vez más, un avance en la locura del asilo, esta vez – y no por casualidad – en Alemania. Un tribunal laboral en Hamburgo detiene los recortes en las prestaciones a los solicitantes de asilo deportados, alegando que esto violaría la Constitución alemana. Se trata de tres casos conocidos como Dublin, en los que las autoridades alemanas habían suspendido las indemnizaciones conforme a la legislación alemana. Estos tres solicitantes de asilo acudieron al tribunal laboral de Hamburgo y, en un procedimiento de urgencia, los jueces suspendieron la supresión de las prestaciones.
La sentencia se refiere a solicitantes de asilo cuya solicitud debía ser tramitada en otro Estado miembro de la UE según el acuerdo de Dublin (derecho europeo), porque habían ingresado en ese país. Estos solicitantes deben ser devueltos al Estado miembro responsable de tramitar su solicitud. La ley alemana, modificada en otoño de 2023, permite que el gobierno alemán suspenda las prestaciones sociales después de dos semanas para incentivar al solicitante a abandonar voluntariamente Alemania.
¿Quién decide la política migratoria? ¿Los jueces o el parlamento?
No, dicen los jueces del tribunal laboral de Hamburgo: el gobierno alemán no puede eliminar esas prestaciones después de dos semanas. Porque, según el tribunal: sin el consentimiento del Estado miembro de la UE involucrado, una expulsión no puede realizarse. Por ejemplo, en un caso concreto, Suecia se negó a acoger al solicitante expulsado, pero el gobierno alemán ya había suspendido su prestación básica.
Si el gobierno alemán elimina una prestación básica mientras el solicitante no es acogido en otro país, esto constituye una violación del mínimo vital garantizado por la Constitución. Otros tribunales laborales en los estados federados de Renania-Palatinado y Baden-Wurtemberg han dictado sentencias similares. La organización de izquierda Gesellschaft für Freiheitsrechte, que asistió en uno de los procedimientos, habla de una “ley absurda” y se siente confirmada en sus argumentos por la sentencia.
¿Y si replanteáramos toda la política de asilo y empezar de cero? Ofrecer acogida temporal a quienes huyen de la guerra y el sufrimiento, hasta que la situación se resuelva? Y, una vez aclarada la situación, devolverlos a sus países de origen? ¿Volver a lo esencial de una política de asilo humanitaria y justa?
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